La clasificación de riesgos de trabajo es un elemento fundamental para las empresas registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya que determina la prima que cada patrón debe pagar por el Seguro de Riesgos de Trabajo. Este mecanismo tiene como finalidad asignar una cuota acorde con el nivel de riesgo inherente a las actividades que desempeñan los trabajadores.
Su fundamento legal se encuentra en los artículos 71 al 75 de la Ley del Seguro Social (LSS), así como el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), que establecen los criterios para clasificar a las empresas y determinar su prima.
Las cinco clases de riesgo
El IMSS clasifica a las empresas en cinco categorías de riesgo, cada una con una prima media específica que se aplica durante el primer año fiscal completo de operaciones o cuando existe un cambio de actividad económica, como se muestra a continuación:
Para determinar la clasificación correcta, las empresas deben identificar su actividad dentro del Catálogo de Actividades previsto en el artículo 196 del RACERF, el cual organiza las actividades económicas por división, grupo y fracción.
La prima puede cambiar cada año
La prima media inicial es únicamente el punto de partida. A partir del segundo año completo de operaciones, las empresas deben revisar anualmente su nivel de siniestralidad para determinar si la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo debe o no modificarse.
Durante el mes de febrero de cada año, los patrones están obligados a presentar la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, considerando factores como:
- Accidentes de trabajo ocurridos durante el año anterior.
- Días de incapacidad otorgados por el IMSS.
- Casos de incapacidad permanente.
- Defunciones derivadas de riesgos de trabajo.
Como resultado de este análisis, la prima puede aumentar o disminuir hasta en un 1% respecto de la aplicada el año anterior, sin que pueda ser inferior al 0.50000% o mayor a 15%.
Excepciones a la presentación anual
Existen algunos casos en los que los patrones pueden quedar relevados de presentar la determinación anual:
- Empresas con menos de diez trabajadores que opten por continuar cotizando con la prima media correspondiente a su clase.
- Patrones cuya nueva prima calculada resulte exactamente igual a la del ejercicio anterior.
- Empresas que se encuentren cotizando con la prima mínima de 0.50000% y cuyos trabajadores no hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el período evaluado.
¿Qué eventos no afectan la siniestralidad?
Es importante señalar que no todos los incidentes relacionados con los trabajadores impactan en el cálculo de la prima.
El IMSS excluye de la siniestralidad:
- Los accidentes en trayecto, es decir, aquellos que ocurren durante el traslado directo entre el domicilio del trabajador y su centro de trabajo, o viceversa.
- Las enfermedades generales no relacionadas con la actividad laboral.
- Las incapacidades derivadas de maternidad.
Por lo tanto, estos eventos no generan incrementos en la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.
Riesgos de una clasificación incorrecta
Una clasificación errónea puede representar importantes contingencias financieras para las empresas.
Cuando el IMSS detecta, mediante auditorías o cruces de información que una organización declaró una actividad con un nivel de riesgo menor al que realmente desarrolla, puede emitir una reclasificación de oficio.
Las consecuencias pueden incluir:
- Pago retroactivo de cuotas omitidas.
- Actualizaciones y recargos.
- Determinación de capitales constitutivos en caso de accidentes de trabajo.
- Multas e infracciones previstas en los artículos 304-A y 304-B de la Ley del Seguro Social que podrían ser de 20 a 350 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) equivalente a $2,346.20 a $41,058.50.
Además del impacto económico inmediato, una reclasificación puede afectar la planeación financiera y generar riesgos de cumplimiento que impacten la operación del negocio.
Conclusión
La correcta clasificación de riesgos ante el IMSS no debe verse únicamente como una obligación administrativa, sino como una herramienta de gestión que permite a las empresas cumplir con la normatividad, evitar contingencias y controlar adecuadamente sus costos laborales.
Se recomienda a las empresas realizar revisiones periódicas de la actividad registrada, evaluar la siniestralidad de la empresa y mantener una estrategia preventiva en materia de seguridad laboral que contribuyan a una administración más eficiente y a una mejor protección tanto para los trabajadores como para las empresas.
Esperamos que el presente artículo haya sido de utilidad, y como siempre nos ponemos a sus apreciables órdenes.
Autor: C.P. Silvia Trinidad Contreras Rejón


