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Modificación al Capítulo VII del Manual de Contabilidad Gubernamental

El día 23 de diciembre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el  Acuerdo por el que se reforma y adicional el Capítulo VII de los Estados e Informes Contables, Presupuestarios, Programáticos y de los Indicadores de Postura Fiscal del Manual de Contabilidad Gubernamental, mismo que fue sometido a aprobación de Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) en virtud de los artículos  6, 7, 9 y 14 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
 
Las modificaciones realizadas impactan en el Objetivo y Consideraciones Generales, a fin de contar con criterios para el llenado de los estados financieros contables, incorporando los instructivos correspondientes y reglas de validación con la información contenida entre ellos, del Estado de Actividades, Estado de Situación Financiera, mismos que se ajustan en el orden de presentación, Estado de Cambios en la Situación Financiera, Estado de Flujos de Efectivo, Estado Analítico del Activo, y Estado Analítico de la Deuda, modificando el instructivo correspondiente al Estado de Variación en la Hacienda Pública y la regla de validación; así mismo, se incluye al calce de cada uno de los estados financieros la leyenda “Bajo protesta de decir verdad declaramos que los Estados Financieros y sus notas, son razonablemente correctos y son responsabilidad del emisor” y se modifica la fracción IV) Notas al Estado de Flujo de Efectivo.
 
Estas modificaciones causaran un efecto importante en los sujetos obligados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, fortaleciéndose la armonización contable con estas adecuaciones, ejemplo de ello serán los instructivos y reglas de validación para la elaboración y presentación de la información contable.

 

C.P. Nicolás González Villarreal

Contador Público socio de Auditoría Gubernamental en Pérez Góngora y Asociados, S.C.

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