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Aspectos legales de los ingresos y egresos del estado

Como sabemos, el ejecutivo estatal no ha presentado, hasta la fecha, su propuesta de Ley de Egresos para el siguiente año, conforme lo dispone la fracción XIX del artículo 125 de la nueva Constitución Política del Estado libre y soberano de Nuevo León, la que a la letra señala su atribución para:

“XIX. Presentar al Congreso del Estado a más tardar el día veinte de noviembre, el presupuesto de egresos del año siguiente, proponiendo los arbitrios para cubrirlo”.

A este respecto, la misma Constitución, en su artículo 96 fracción IX, señala de manera explícita que: “Si terminado un año, por cualquier circunstancia no se hubiere publicado la Ley de Egresos que deba aplicarse al siguiente ejercicio, seguirá vigente la misma del ejercicio que termina, cuya vigencia cesará con la publicación y entrada en vigor de aquélla”.

De igual manera, el mismo artículo 96, pero en su fracción VII, señala una disposición similar para el caso de la Ley de Ingresos, por lo que tanto la Ley de Egresos como la Ley de Ingresos aprobadas para este año, seguirían aplicándose durante el siguiente año, hasta que se publiquen nuevas Leyes para 2023.

En un escenario como éste, lo que se tendría es que a pesar de que la Ley de ingresos para 2022 seguiría aplicándose, en realidad, los ingresos que se recibirían en 2023, serían superiores a los de este año, tanto por los mayores recursos federalizados que recibe nuestro estado, que representan casi el 80% de los ingresos, excluyendo financiamientos, mientras que los impuestos locales crecerían por inflación y por la mayor actividad económica.

Es decir, el estado percibiría una mayor cantidad de recursos, sin que estuvieran “etiquetados” para propósitos de gasto, ya que se seguiría aplicando la Ley de Egresos de este año, cuyo monto total de gasto autorizado fue de $118 mil millones de pesos, mientras que para 2023, según la Tesorería, se estima que se tendrían recursos por unos $140 mil millones de pesos, unos $22 mil millones de pesos más, a los aprobados en la Ley de Ingresos para este año.

Como estos ingresos serían “adicionales” a los contemplados en la prorrogada Ley de Ingresos para 2022, se aplicaría lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, que señala:

“El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, podrá asignar los recursos que se obtengan adicionales a los presupuestados, a los programas que considere convenientes y autorizará las transferencias de las partidas establecidas en la Ley de Egresos cuando sea procedente e informará al Congreso del Estado al rendir la Cuenta Pública.

De hecho, también cuando se tiene una reducción en los ingresos presupuestados, la referida Ley de Administración Financiera faculta al ejecutivo estatal a reducir partidas presupuestales, incluso por razones de economía presupuestaria.

De tal suerte, prorrogar las actuales Leyes de Ingresos y de Egresos, no le favorece al Congreso, ya que la Constitución les confiere la facultad, no solo de examinar y aprobar el presupuesto de gasto, sino también modificarlo, facultad que no podrían aplicar, si se prorroga la vigencia de la actual Ley de Egresos.

Por otro lado, los diputados locales carecen de facultades legales para ellos mismos proponer una nueva iniciativa de Ley de Egresos, ya que ésta es facultad del ejecutivo estatal, y tampoco pueden imponer sanción alguna por el incumplimiento, toda vez que esta omisión no está considerada como una infracción, y en consecuencia, no tiene sanción específica alguna.

En conclusión, se sugiere a los Diputados locales propiciar un acercamiento con la Tesorería del Estado, y conminar al ejecutivo estatal a que presente las propuestas de Leyes pendientes, y puedan eventualmente ejercer sus facultades de analizar y modificar el presupuesto de egresos del estado.

Etiquetas: Gobierno Ley

Dr. Marco Antonio Pérez Valtier

Economista especialista en finanzas públicas, Socio de Economía en Pérez Góngora y Asociados S.C., Conferencista y catedrático a nivel doctorado.

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