loader image

Norma Oficial Mexicana 035 Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo: Identificación, Análisis y Prevención

A lo largo del tiempo las condiciones laborales han jugado un papel importante en la salud de los trabajadores, mismas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social entre otras reconocen el derecho del trabajador a su integridad física, mental y social.

La Norma Oficial Mexicana 035 (NOM 035).- Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de Octubre de 2018 por la  Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), tiene como función principal la búsqueda, implementación y cumplimiento de las medidas o elementos de prevención, identificación y análisis de Factores de riesgo psicosocial por el  trabajo desarrollado.

Asimismo, con la NOM 035 se busca identificar las condiciones del entorno organizacional favorable en busca de acciones para prevenir y/o mitigar los factores de riesgo psicosocial, eliminar actos de violencia laboral, prevenir accidentes y enfermedades laborales con el objeto de desarrollar una cultura en la que se procure el trabajo digno y la mejora continua de las condiciones de trabajo.

La Norma Oficial Mexicana 035 (NOM 035) antes mencionada, se ha estructurado en dos etapas, la primera entró en vigor el 23 de octubre del 2019, la cuál estipula que todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con trabajadores tienen que implementar y cumplir con las medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información, pudiendo estar sujetos a recibir la visita de los inspectores de la STPS o también, el patrón tendrá la opción de contratar los servicios de una Unidad de Inspección Acreditada y Aprobada, que deberá estar certificada por la STPS para verificar el grado de cumplimiento con esta norma en sus centros de trabajo por medio de un dictamen; la segunda etapa inició el 23 de Octubre del 2020 en donde se deberá cumplir con la identificación y análisis de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control, la práctica de exámenes médicos y los registros.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá imponer multas en caso de verificar incumplimiento en su aplicación conforme el Artículo 994, Fracción V de la Ley Federal del Trabajo (LFT) referente a las normas de seguridad e higiene en el trabajo, la cual establece sanciones de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Es importante diferenciar los Factores de Riesgos Psicosociales (FRP) de los Riesgos Psicosociales (RP).

Los Factores de Riesgos Psicosociales (FRP), son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y del estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente:

  • Las condiciones en el ambiente de trabajo
  • Las cargas de trabajo
  • La falta de control sobre el trabajo
  • Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que excedan lo establecido a la LFT
  • Interferencia en la relación trabajo-familia
  • Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo
  • La violencia laboral

Los Riesgos Psicosociales (RP), son las consecuencias psicológicas, físicas y sociales negativas que se derivan de deficiencias en el diseño, la organización y la gestión del trabajo, así como de un escaso contexto social del trabajo, y pueden producir resultados psicológicos, físicos y sociales negativos, como el estrés laboral, el agotamiento, la depresión, el ausentismo, la violencia, la discriminación, el acoso laboral entre otros.

Es importante conocer que dependiendo del tamaño de la empresa, estas tendrán que mostrar evidencia documental de la implementación de la NOM-035, para lo cual existen tres niveles:

Nivel 1.-  Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores:

  • Establecer políticas de prevención de riesgos psicosociales, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores acerca del análisis, los resultados y las acciones preventivas y correctivas de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Establecer medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Establecer las acciones y programas  para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.

Nivel 2.- Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores:

  • Establecer políticas de prevención de riesgos psicosociales, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
  • Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
  • Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o factores de riesgo psicosocial.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores acerca del análisis, los resultados y las acciones preventivas y correctivas de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Llevar los registros de los resultados, las medidas y exámenes de los factores de riesgo psicosocial que se practicaron a los trabajadores.
  • Establecer medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Establecer las acciones y programas  para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.

Nivel 3.- Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores:

  • Establecer políticas de prevención de riesgos psicosociales, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
  • Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
  • Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o factores de riesgo psicosocial.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores acerca del análisis, los resultados y las acciones preventivas y correctivas de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Llevar los registros de los resultados, las medidas y exámenes de los factores de riesgo psicosocial que se practicaron a los trabajadores.
  • Evaluar el entorno organizacional favorable.
  • Establecer medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Establecer las acciones y programas  para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.

Conclusiones:

Derivado del confinamiento forzado y trabajo a distancia como consecuencia de la pandemia COVID-19, se han incrementado padecimientos psicológicos, como por ejemplo: estrés, síntomas depresivos, insomnio y otras afectaciones como consecuencia del miedo a la enfermedad y de las condiciones propias laborales y económicas, por lo que la aplicación de la NOM 035 juega un papel importante en las empresas, ya que proporciona mecanismos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgos psicosociales, la violencia laboral  y promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Así que si aún no has implementado la NOM 035 en tu centro de trabajo, es importante lo hagas, ya que te dará muchos beneficios respecto a crear un mejor ambiente laboral y al igual cumplir con lo que establecen nuestras autoridades laborales.

 

Etiquetas: FRP NOM-035 Riesgo

C.P. Silvia Trinidad Contreras Rejón

Gerente de Auditoría Seguridad Social en Pérez Góngora y Asociados, S.C.

0 Comments

Otras publicaciones